Ciudad de México a 10 de julio de 2023.
Ésta nota fiscal se inicia con otra interrogante ¿Cuántos tienditas, papelerías, estéticas, fondas, estacionamientos públicos, lava autos, hay en su colonia?, pues varias, de hecho son parte de la vista urbana de nuestra Alcaldía, nuestro Municipio, nuestro Estado, en fin en todo el país hay muchos micro, pequeños y medianos negocios de este tipo.
La mayoría de estos negocios, que son de venta al público en general en ocasiones no emiten comprobantes fiscales digitales por internet, no emiten "CFDI", pues consideran que, al ser ventas $200.00, $100.00, $50.00, o menos, no hay porqué, nadie se las pide, o de plano, no saben que están obligados a emitir "CFDI", pero, hay un principio jurídico que dice: "El desconocimiento de la ley no exime su cumplimiento".
Así que, bajo este principio, tienen que, y sobre este tema la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la "SCJN", ha resuelto a principios de este mes de julio de 2023, que las visitas de verificación relativas a la expedición de "CFDI", son constitucionalmente válidas, pues su procedimiento de verificación sí brinda seguridad jurídica al visitado (artículo 49 Código Fiscal de la Federación).
Se anexa Comunicado 239/2023 de la "SCJN"
No obstante lo anterior, esto no quiere decir que el Servicio de Administración Tributaria, el "SAT", pueda ejercer sus facultades de comprobación como mejor le parezca, el "SAT" está obligado a llevar sus visitas de verificación, sus auditoría y demás atribuciones con estricto apego a la ley, sino es así, siempre está nuestro derecho a una defensa fiscal.
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